martes, 12 de febrero de 2013

Sistema Institucional propuesto por el Realismo


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            La idea es combinar el sistema tradicional con el actual sistema democrático. La transición de democracia a monarquía tradicional no puede ser de golpe.
Se Agregaron diferencias fundamentales en la forma de elegir a los diputados, que se basan no en la democracia, sino en los antiguos cabildos y ayuntamientos de la monarquía.

El presupuesto es que la democracia es contraria a la participación, así el demócrata puede pasar por arriba de la población, y usar las elecciones, totalmente vacías, para validarse... y cometer sus abusos asegurándose alguna legitimación (que cada vez se nota más vacía)
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Para hablar de la elección de los Diputados, resulta menester partir hablando de los Cabildos y la manera en que este proyecto planea cambiarlos.
Una de las mejoras ha realizar al sistema antiguo de los cabildos es organizar barrios de tamaño mediano, y en ellos levantar ayuntamientos en que todos los vecinos (o al menos un representante de cada familia) se reúnan y discutan y decidan las cosas relativas al gobierno de sus barrios.

Para ello, el día Viernes quedaría consagrado a la actividad gubernativa, así, quedarían 4 días de trabajo, 1 de organización, 1 de descanso y uno religioso (Sábado o Domingo según la religión)
Los distintos ayuntamientos podrían agruparse en cabildos más grandes, que den las directivas a los diputados en las cortes, basados en lo que los ayuntamientos deseen.
Eso también se basa en la antigua Monarquía, aquí en Chile cuando se eligieron diputados en 1811, ellos podían ser removidos por el cabildo de la ciudad que los elegía, si no la representaban de manera efectiva, de ese modo el diputado no se podía mandar solo; esto ha sido bien estudiado por el profesor Bernardino Bravo Lira, quien expuso al respecto en las jornadas de historia del Constitucionalismo realizadas en la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile.

De esta forma, los súbditos tienen verdadera participación, pueden controlar ellos mismos a los diputados y los partidos políticos se hacen innecesarios.
 Y es que así era tradicionalmente. El diputado iba pagado por sus representados y, por tanto, tenía obligación de ir a defender lo que sus representados le ordenasen.

La elección del diputado puede ser de dos formas, cosa que no se desea tratar aquí: elección personal, o elección por ayuntamientos (que estarían compuestos por aproximadamente la misma cantidad de personas), lo importante es que el diputado represente única y fielmente al pueblo. Si este debe tener un periodo, o poder ser reelegido, o durar mientras dure la confianza de sus electores en él, también es cosa que no deseo tratar aquí.

Por esto mismo, el Rey no tiene injerencia en este órgano.
El Senado opera de forma distinta; esta institución busca ser expresión de experiencia, no de representación.
Como son parte de las Cortes o Congreso, son elegidos por el pueblo, pero no de manera proporcional sino por colegios, es decir, si los diputados se elegían por ejemplo, uno por cada mil habitantes; el senador se elige por un territorio sin importar la cantidad de habitantes (por eso no es proporcional), este sistema permite diferenciar las funciones y deberes de los diputados y de los senadores y permite descentralizar un poco al dar más representación a los territorios más remotos y despoblados del país.
Eso si, sería necesario elevar la edad-requisito de los senadores de los 35 años actuales a los 50 o 55, para que efectivamente sean representación de experiencia.
Por lo mismo, el Rey debe tener voz en el Senado, el también tiene una experiencia y puede ser escuchado en el Senado, aunque no vote en él.

La Cámara de Juristas se basa un poco en las Reales Audiencias...
Se asientan en la idea de que el Rey es el gran Juez; pero debido a la gran cantidad de tareas del Rey, la enorme extensión de su monarquía, y su posible falta de conocimiento detallado (lo cual en verdad no debería ser impedimiento, porque para el cargo de Rey, el príncipe debe recibir una educación rigurosa que le permita afrontar su reinado, entre cuyas materias debe si o si estar el Derecho), sería esta cámara la que tomaría las decisiones de Justicia.
Su función no es ser un tribunal, sino algo parecido a una cámara "Congresil" como la entendemos hoy; lo que esta cámara dice, cuenta como dicho por el Rey, se compone solo de juristas, uno de los cuales además debe ser militar, para que aporte conocimientos sobre esa área.

Su función en parte es refrenar a las Corte y Congresos, y funcionar como una constitución viva; sus decisiones pueden frenar incluso al Rey; por lo mismo, debe resguardar la justicia y la costumbre. Debe velar por la integridad de los súbditos y de la monarquía, y evitar proyectos totalitaristas o democráticos (que a nuestros ojos son lo mismo) que los diputados o senadores presenten, para así evitar que el mismo gobierno se transforme en un violador de la dicha integridad.
 (La razón por la que esta cámara debe incluso frenar al Rey, es porque este puede tomar decisiones contrarias a los valores y costumbres de la monarquía, por cierto que se supone que el Rey, que justamente representa esos valores, no los puede transgredir, pero ha sucedido... Un buen ejemplo es Carlos II, quien comenzó la política de venta de títulos nobiliarios, destruyendo toda la tradición que había detrás de ellos y sus objetivos... también hay ejemplos medievales, uno de ellos se puede ver en el libro "El Imperio Hispánico y los 5 reinos" cuando un Rey de origen Navarro llamado Sáncho, se convirtió en Rey de León, atentó contra su tradición al dividir el Reino entre sus hijos al morir, cosa que ninguno de sus antecesores había hecho dañando enormemente la integridad del dicho reino; estas por supuesto son excepciones) En un buen sentido, se puede decir que su función es velar por el principio Isidoriano.

Los miembros de esta cámara serían entendidos de Derecho, seleccionados al azar de entre los académicos Universitarios más destacados de esta disciplina, siempre y cuando acepten el cargo.

La Cámara de Juristas en -nombre del Rey- y el Senado y los diputados eligen a los jueces del Poder Judicial, esto, porque los representantes del Rey en el dicho poder Judicial deben velar por la justicia, y la equidad; los representantes del Senado y de los Diputados deben hacer cumplir las leyes que son expresión de la verdadera voluntad del Reino y su nación.

El mismo principio de justicia más el fin de la fiscalización, animan a la Contaduría, que se encarga de velar por el orden económico, es decir, evitar los robos, desvíos de dinero, y la corrupción, así como cumplir con la mayor parte de las funciones que hoy tiene la Contraloría General de la República. Este órgano también actúa en nombre del Rey.
El consejo diplomático se forma por el rey y representantes del Pueblo, El Rey es la cabeza y representación del Estado, él debe conducir las relaciones diplomáticas, pero hay decisiones en las que debe participar el Pueblo, pues le pueden afectar directamente; el Rey no puede dejar si su protección a la población, ni entregarla a terceros países, ni convenir cosas con terceros Estados que perjudiquen a sus súbditos, y para que eso no suceda, el Pueblo debe tener representación en este Consejo.
Los militares dependen del Rey para que no tomen ningún partido, sino que solo se mantengan leales a él, con lo cual se permite una gran estabilidad institucional, a falta de Rey, es la Cámara de Juristas la que debe tomar la Regencia, y controlar a los militares, la presidencia quedaría en manos del jurista-militar hasta que el nuevo Rey asuma.
El Rey debe tener conocimientos de Historia, Derecho, Diplomacia y Guerra, impartidos desde pequeño.
Por último, El Consejo.
Esta institución debe funcionar como los antiguos Consejos de la Monarquía; pero combinado con los consejos de ministros instaurados durante los reinados borbónicos, y que tanto han sido aprovechados en democracia.
Este órgano representa el Poder Ejecutivo del Reino (que por supuesto pertenece al Monarca), son personas de confianza del Rey, deben ser personas de probidad probada. Puede dividirse en diversos ministerios dependiendo de la materia y debe servir como consejo y guía del Rey. Al ser de confianza de su exclusiva confianza, pueden ser removidos por él en cualquier momento, así como es él quien los elige. Eventualmente el Senado podría destituirlos si considera, en acuerdo con los diputados, que los consejeros no están aconsejando bien al monarca, por supuesto esta decisión, por su delicadeza debe ser analizada por la Cámara de Juristas.

4 comentarios:

  1. Muy interesante el sistema propuesto, tiene bastante sentido.

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  2. La institución en España que expresa la "experiencia" que describes en este artículo en cómo debería ser el Senado ya existe en España. Se llama "Consejo de Estado". Está formado por ex presidentes y ex miembros del Gobierno central, por ex presidentes y ex miembros de los gobiernos de las comunidades autónomas, presidentes y/o ex presidentes y/o miembros de las Reales Academias (de la Lengua, la Ciencia, ect,..), el Gobernador del Banco de España, ect. Y es un órgano consultivo del Gobierno y del rey. Un abrazo desde Córdoba, Andalucía, España.

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  3. Me entristece sobremanera que no hayan más comentarios aquí y, que último es de hace tanto tiempo. Esto es un asunto muy importante. Hace poco, yo también llegué a la conclusión de que la democracia nos a fallado a todos, especialmente los partidos, pero también las legislaturas y las Cortes de jueces y los presidentes.

    Aplaudo con mucho entusiasmo este programa, está plataforma. Me encantan cuerpos que han propuesto para velar por qué no se cuele ninguna clase de corrupción. Los felicito. Y es una verdadera lastima también que solo Chile haya sometido estás grandes ideas, si no me equivoco, no hay Partidos Realistas en ningún país hispano, como este o valga la pena.

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  4. Saludos desde el Rìo de la Plata a loa realistas chilenos

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